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Abogado de visa U (víctimas de delitos) en EE. UU. para clientes turcos

La visa U ofrece un estatus temporal, autorización de empleo y, con el tiempo, una vía hacia la tarjeta verde (Green Card) para las personas que son víctimas de un delito calificado en EE. UU. y que ayudan a las autoridades en la investigación o el enjuiciamiento. Este estatus es independiente de su situación migratoria; estar indocumentado no le quita el derecho a presentar la solicitud. Yellow Law Group gestiona el proceso desde la evaluación de elegibilidad hasta la obtención de la certificación de las autoridades, y desde la preparación de la declaración personal y el expediente de pruebas hasta la etapa de la tarjeta verde. Explicamos en detalle los cuatro requisitos, los delitos calificados y la certificación obligatoria en nuestra guía para solicitar la visa U. Si se encuentra en peligro inmediato, llame al 911.

Para inmigrantes indocumentados que han sufrido un abuso físico o mental sustancial como consecuencia de haber sido víctimas de un delito calificado en Estados Unidos.

  • Certificación de las autoridades: Debe obtener un Formulario I-918B firmado por un departamento de policía, un fiscal o un juez que confirme su ayuda en la investigación o el enjuiciamiento.
  • Delitos calificados: El delito debe figurar en la lista establecida por la ley, que incluye violencia doméstica, agresión grave, secuestro, extorsión y abuso sexual, entre otros.
  • Colaboración activa: Debe haber sido, ser actualmente o ser probablemente de ayuda para las autoridades a fin de llevar al autor ante la justicia.

Para sobrevivientes con historiales migratorios complejos que necesitan un perdón amplio y discrecional por infracciones pasadas para permanecer legalmente en el país.

  • Superar la inadmisibilidad: La visa U ofrece una de las exenciones más generosas (Formulario I-192) de la ley de inmigración de EE. UU., capaz de perdonar deportaciones previas y entradas ilegales.
  • Perdón de antecedentes penales: Ciertas condenas penales pasadas que normalmente le impedirían obtener cualquier estatus legal pueden llegar a ser objeto de exención en esta categoría de alta protección.
  • Sin penalización por presencia ilegal: El tiempo acumulado viviendo en EE. UU. sin papeles no le descalifica para obtener este estatus que puede cambiarle la vida.

Para víctimas que buscan estabilidad a largo plazo, el derecho legal a trabajar y un futuro permanente para sí mismas y para sus familiares que reúnan los requisitos.

  • Determinación de buena fe (bona fide): Aunque la visa U tiene un largo retraso acumulado, USCIS puede concederle un permiso de trabajo (EAD) y protección contra la deportación mientras su caso está pendiente.
  • Residencia permanente legal: Después de mantener el estatus de no inmigrante U durante tres años continuos, usted puede solicitar la tarjeta verde (Green Card).
  • Protección de la familia: Los solicitantes principales pueden presentar peticiones para los familiares derivados elegibles (cónyuges, hijos y, en algunos casos, padres o hermanos) a fin de mantener unida a la familia.
Abogado de visa U (víctimas de delitos) en EE. UU. para clientes turcos

Revisado por: Sinan Sarı Abogado fundador — Última revisión: 4 de noviembre de 2026

La visa U ofrece un estatus temporal, autorización de empleo y, con el tiempo, una vía hacia la tarjeta verde (Green Card) para las personas que son víctimas de un delito calificado en EE. UU. y que ayudan a las autoridades en la investigación o el enjuiciamiento. Este estatus es independiente de su situación migratoria; estar indocumentado no le quita el derecho a presentar la solicitud. Yellow Law Group gestiona el proceso desde la evaluación de elegibilidad hasta la obtención de la certificación de las autoridades, y desde la preparación de la declaración personal y el expediente de pruebas hasta la etapa de la tarjeta verde. Explicamos en detalle los cuatro requisitos, los delitos calificados y la certificación obligatoria en nuestra guía para solicitar la visa U. Si se encuentra en peligro inmediato, llame al 911.

¿Para quién es la visa U? La certificación obligatoria de las autoridades

La visa U se basa en cuatro requisitos: ser víctima de un delito calificado, haber sufrido un abuso físico o mental sustancial a causa de él, tener información sobre el delito y prestar ayuda a las autoridades en la investigación o el enjuiciamiento. Una parte obligatoria de la petición es la certificación del Formulario I-918, Suplemento B, en la que una agencia del orden público confirma su ayuda; sin ella no se puede presentar una visa U. Hay un equilibrio: la certificación es obligatoria, pero ninguna agencia está obligada a firmarla. Más allá de la elegibilidad, hay dos realidades relacionadas con la espera: como cada año solo se puede conceder el estatus a 10,000 solicitantes principales, las peticiones aprobables se colocan en una lista de espera; mientras tanto, los expedientes considerados de buena fe (bona fide) pueden recibir autorización de empleo y acción diferida. Puede consultar el marco oficial en la página de USCIS sobre la visa U y la disposición sobre confidencialidad en 8 U.S.C. 1367.

Visa U, VAWA y visa T: ¿cuál es la vía adecuada?

Lo que distingue a las tres vías es quién le causó el daño y en qué consistió el incidente. La visa U corresponde si usted es víctima de cualquier delito calificado y ayudó a las autoridades. Si la persona que le causó el daño es su cónyuge, padre o madre, o hijo o hija con ciudadanía estadounidense o residencia permanente legal (LPR), la vía es la autopetición VAWA. Si lo que vivió es una forma de trata de personas, como el trabajo forzoso o la explotación comercial, la vía es la visa T. Ubicamos su perfil en la vía adecuada y, cuando es necesario, evaluamos más de una opción en conjunto.

¿Qué es la visa U?

La visa U es para víctimas de delitos calificados cometidos en Estados Unidos que sufrieron un daño físico o mental sustancial y que ayudan a las autoridades en la investigación o el enjuiciamiento. Su propósito es proteger a las víctimas que no pueden denunciar delitos debido a su situación migratoria y hacer posible la labor de las autoridades. Entre los delitos calificados se encuentran la violencia doméstica, la agresión sexual, la trata de personas, el secuestro, la agresión grave (felonious assault) y la manipulación de testigos, entre otros. El estatus dura cuatro años e incluye autorización de empleo.

La certificación de las autoridades (Suplemento B)

Una parte obligatoria de la solicitud es el Formulario I-918, Suplemento B, firmado por una agencia del orden público, un fiscal o un juez, que certifica que la víctima ha sido, es o probablemente será de ayuda. La firma es discrecional y no es obligatoria para la agencia, por lo que dirigir la solicitud a la oficina correcta y en la forma correcta es el paso más crítico del proceso. Una vez firmada, la certificación debe utilizarse dentro de un plazo de seis meses.

La lista de espera y la determinación de buena fe (bona fide)

Cada año solo hay 10,000 estatus U disponibles y la demanda supera esa cifra todos los años, lo que genera una larga lista de espera. Para los peticionarios en la fila, USCIS puede otorgar acción diferida y autorización de empleo después de que una revisión inicial determine que la petición es de buena fe (bona fide). Esto no es una aprobación del estatus, pero permite trabajar legalmente y contar con protección durante la espera.

Familiares y la tarjeta verde

Si el peticionario es menor de 21 años, se pueden incluir el cónyuge, los hijos, los padres y los hermanos solteros menores de 18 años; si es mayor de 21 años, el cónyuge y los hijos. Después de tres años de presencia continua con estatus U, es posible solicitar la tarjeta verde, siempre que el peticionario haya seguido ayudando a las autoridades y no se haya negado sin motivo razonable a una solicitud.

¿Por qué Yellow Law Group?

En la visa U, lo que decide el resultado no es solo el incidente que usted vivió, sino cómo ese incidente y su colaboración se traducen al lenguaje probatorio que busca el oficial. Yellow Law Group, desde su sede en Plano (Texas) y sus oficinas en Chicago (Illinois), Irvine (California), Alpharetta (Georgia) y Fairfield (Nueva Jersey), evalúa su elegibilidad, gestiona el proceso de certificación de las autoridades, prepara la declaración personal y el expediente de pruebas, y se encarga de la exención I-192 y, con el tiempo, de la solicitud de la tarjeta verde cuando es necesario. Llevamos el proceso sin juzgarle, en turco y en inglés. Puede conocer a nuestros abogados en nuestra página del equipo y programar una consulta inicial gratuita a través de nuestra página de contacto.

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Abogado de visa U (víctimas de delitos) en EE. UU. para clientes turcos • Preguntas frecuentes

La certificación (Formulario I-918, Suplemento B) es obligatoria; sin este documento, en el que una agencia del orden público confirma que usted fue de ayuda en la investigación o el enjuiciamiento, no se puede presentar ni aprobar una visa U. Sin embargo, ninguna agencia está obligada a firmarla, y USCIS no puede obligar a ninguna a hacerlo. El documento debe haberse firmado dentro de los seis meses anteriores a la presentación. Obtener la certificación es el primer paso práctico que pone en marcha el proceso; determinamos junto con usted qué agencia tiene autoridad para firmarla respecto de cada incidente.

Como solo se puede conceder el estatus U a 10,000 solicitantes principales por año fiscal, las peticiones aprobables se colocan en una lista de espera y el proceso puede tardar años. El mecanismo que atenúa la espera es que las peticiones pendientes consideradas de buena fe (bona fide) pueden recibir acción diferida y autorización de empleo antes de la decisión final. En 2026, la acción diferida es una decisión discrecional que se toma caso por caso, pero no se ha eliminado para la visa U. Las solicitudes derivadas no cuentan para el límite de 10,000. Verificamos juntos el plazo vigente con la herramienta de tiempos de procesamiento de USCIS en el momento de la presentación.

Sí. La visa U es una vía independiente de su situación migratoria; estar indocumentado no le quita el derecho a presentar la solicitud. La elegibilidad no depende de su estatus, sino de ser víctima de un delito calificado, haber sufrido un daño sustancial, tener información sobre el delito y prestar ayuda a las autoridades. Si tiene una causal de inadmisibilidad del pasado, una exención amplia específica de la visa U (Formulario I-192) puede abrir el camino para superarla. Su petición también está amparada por la protección de confidencialidad de 8 U.S.C. 1367.

Si ha estado presente físicamente en EE. UU. de forma continua con estatus U durante al menos tres años, no se ha negado sin motivo razonable a ayudar a las autoridades y cumple las condiciones, puede solicitar la residencia permanente con el Formulario I-485. El período de tres años no debe interrumpirse por una sola ausencia de más de 90 días ni por ausencias que en total superen los 180 días. La tarjeta verde es discrecional y se evalúa por motivos humanitarios, de unidad familiar o de interés público. Los titulares de estatus derivado, como el cónyuge y los hijos, también pueden pasar a la tarjeta verde.

La lista es amplia e incluye violencia doméstica, agresión sexual, violación, secuestro, privación ilegal de la libertad, toma de rehenes, trata de personas, esclavitud, tortura, homicidio no premeditado (manslaughter), agresión grave (felonious assault), chantaje, extorsión, manipulación de testigos, obstrucción de la justicia, acecho y mutilación genital femenina. También se cubren la tentativa, la conspiración y la incitación a cometer estos delitos. No es necesario que el delito se procese con ese nombre exacto; también puede considerarse un acto de naturaleza similar. Revisamos juntos si su incidente está comprendido en la lista.

Pueden incluirse. El solicitante principal puede pedir el estatus U derivado para su cónyuge y sus hijos menores de 21 años y, si el solicitante principal es menor de 21 años, también para sus padres y sus hermanos solteros menores de 18 años. Las solicitudes derivadas no cuentan para el límite anual de 10,000, y los titulares de estatus derivado también pueden obtener autorización de empleo. Determinamos cuáles de sus familiares pueden incluirse según su situación.

Sí, en la mayoría de los casos. La visa U no exige que el delito termine en una condena ni que se capture al autor. Lo determinante es que usted sea víctima de un delito calificado, haya sufrido un daño sustancial y preste ayuda a las autoridades en la investigación o el enjuiciamiento. Si el delito se denunció y usted estuvo dispuesto a colaborar, el hecho de que no se haya abierto un caso no constituye por sí solo un impedimento. Revisamos juntos su situación.

En la mayoría de los casos, sí. La visa U ofrece una exención amplia (Formulario I-192) que puede superar muchas causales de inadmisibilidad del pasado; esta exención es específica de la visa U y más amplia que en muchas otras categorías. Una entrada sin inspección, una permanencia más allá del plazo autorizado o algunos problemas del pasado pueden superarse con esta exención. La exención es discrecional y se prepara junto con la petición. Revisamos las causales de inadmisibilidad en su situación y preparamos el expediente de la exención en consecuencia.

El abogado traduce el incidente y su colaboración al lenguaje probatorio que busca el oficial. Primero evalúa su elegibilidad, determina qué agencia tiene autoridad para firmar la certificación y gestiona el proceso de certificación. Prepara la declaración personal y el expediente que documenta el daño sustancial, prepara la exención I-192 si es necesario y, con el tiempo, se encarga de la solicitud de la tarjeta verde. Lleva el proceso teniendo en cuenta su confidencialidad y su seguridad. El objetivo es construir el expediente de la manera más sólida en torno a la pregunta del oficial.

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